Condiciones del contrato de un préstamo personal online

Condiciones generales del contrato de préstamo rápido

1. Términos definiciones

1.1 Préstamo es el contrato de préstamo personal por el cual la entidad que gestiona los préstamos personales online concede un préstamo al Prestatario utilizando el Servicio a Distancia, sujeto a estas Condiciones Generales.

1.2 Prestamista es la sociedad o entidad que concede el préstamo, siempre una de las mejores del mercado español, nosotros realizamos labores de intermediación exportando los servicios como afiliado a la compañía Leadsor Limited, N° de registro 07357963, con domicilio en 103 Sham Peng Tong Plaza, Victoria, Mahe, Seychelles (en adelante "Leadsor").

1.3 Servicio a Distancia son las técnicas de comunicación de SMS a través de telefonía móvil y de Página Web facilitadas por el Prestamista para que el Prestatario pueda realizar la Solicitud de Préstamo y la Decisión de Préstamo. Si la Solicitud de Préstamo se realiza mediante SMS, el envío del mismo tendrá que realizarse de acuerdo a lo establecido en la cláusula 3.1.

1.4 Decisión de Préstamo es la aceptación del Préstamo por parte del Solicitante del Préstamo de acuerdo con las Condiciones Generales.

1.5 Solicitante del Préstamo o Prestatario es toda persona física que, en el momento de la Solicitud del Préstamo, tenga entre 21 y 65 años, tenga su domicilio permanente en España y cumpla las presentes Condiciones Generales.

1.6 Solicitud de Préstamo es la declaración de intención por parte del solicitante del minicrédito rápido a través del Servicio a Distancia de solicitar un préstamo de conformidad con las Condiciones Generales.

1.7 Parte es el Solicitante de Préstamo o Prestatario y el Prestamista, de forma individual, y las Partes son, conjuntamente, el Prestamista y el Solicitante de Préstamo o el Prestatario.

1.8 Pagina Web es la página Web en Internet de la entidad encargada de la gestión del préstamo online.

1.9 Condiciones Generales son las condiciones generales del Préstamo, contenidas en este documento.

1.10 Día Hábil es aquél en el que realicen su actividad las oficinas bancarias de Ceuta.

2. Objeto y régimen aplicable

2.1 Las Condiciones Generales tienen por objeto regular los términos y condiciones del Préstamo.

2.2 El solicitante del mini crédito rápido declara expresamente que le ha sido proporcionada, previamente y con suficiente antelación a la celebración de cualquier contrato, la información detallada en los artículos 7 y 8 de la Ley 22/2007, de 11 de julio, de comercialización a distancia de servicios financieros destinados a consumidores. En particular, el Prestatario declara que ha sido informado de su derecho de desistimiento, así como de los plazos, forma e instrucciones precisas para su ejercicio.

2.3 Asimismo, el Prestatario declara que le ha sido facilitada toda la información previa a la que se hace referencia en el párrafo anterior y la totalidad de las condiciones contractuales que rige el Préstamo, por escrito en soporte papel u otro soporte duradero accesible. Todo ello antes de celebrar el Préstamo y/o aceptar cualquier oferta que le haya sido dirigida por la entidad que gestiona los préstamos personales online.

3. Solicitud del préstamo y objeto del contrato y régimen de los contratos a distancia.

3.1 El Solicitante de Préstamo realizará una Solicitud de Préstamo al Prestamista a través del Servicio a Distancia.

3.1.1- Este contrato se rige por lo establecido en la Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores (BOE 12 de julio de 2007), sin perjuicio de la aplicación normativa general sobre servicios de la sociedad de la información y comercio electrónico que se contiene en la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y comercio electrónico, y en su caso, en el capítulo II del Titulo III y disposición adicional primera de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de ordenación del comercio minorista y demás normativa de aplicación general a los consumidores, así como la normativa especial que rige la prestación de los servicios financieros en cada caso. Además de las condiciones establecidas en este contrato y que el consumidor, conoce y acepta con carácter previo a la celebración del presente contrato.

3.1.2- El contrato se celebra a distancia, cuando se utiliza la técnica para realizar la negociación y la celebración del contrato entre las partes, con medios tales como fax, internet (correo electrónico) y mensajes a través de móviles u otros similares.

Quedará constancia de la oferta y de la celebración de los contratos en soporte duradero. Es decir, mediante instrumento que permita al consumidor almacenar la información dirigida personalmente a él, de modo que pueda recuperarla fácilmente durante un período de tiempo adecuado a los fines para los que la información está destinada y que permita la reproducción sin cambios de la información almacenada. (Art. 6 Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores (BOE 12 de julio de 2007)

3.1.3- El consentimiento se manifiesta por el concurso de la oferta y de la aceptación sobre la cosa y la causa que han de constituir el contrato. (Arts. 7, 8, 9, de la Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores (BOE 12 de julio de 2007).

El proveedor que hizo la oferta y el que la aceptó, el consumidor. Entre estos hay consentimiento desde que el proveedor conoce la aceptación o desde que, habiéndose remitido por el que solicita el préstamo, no puede ignorar el envío de la solicitud de aceptación sin faltar a la buena fe. En los contratos celebrados mediante dispositivos automáticos hay consentimiento desde que se manifiesta la aceptación.

Si el Servicio a Distancia empleado para la Solicitud de Préstamo es un SMS el Prestatario deberá enviar el SMS, incluyendo la siguiente información, en el orden que se indica a continuación, y separando cada apartado mediante un espacio:

(a) Importe del Préstamo (De 50 a 500 € en múltiplos de 10 €. Léase 50, 60, 70 ….500 €)

(b) Género del solicitante (hombre o mujer)

(c) Nombre y apellidos

(d) DNI / NIE

(e) Fecha de Nacimiento

(f) Dirección

(g) Código postal

(h) Ciudad

(i) Cuenta bancaria

(j) Teléfono fijo

(k) Correo electrónico

Asimismo, la Solicitud de Préstamo implica que el Solicitante del Préstamo realiza las siguientes confirmaciones:

- Que no tiene pagos pendientes o deudas frente a terceros que puedan impedir el pago del Préstamo, incluyendo pagos pendientes que estén anotados en cualquier registro de morosos.

- Que no es parte en procedimientos legales o judiciales que puedan afectar a su nivel de solvencia.

3.2 El Prestamista informará al Solicitante del Préstamo a través del Servicio a Distancia elegido por este último (SMS o e-mail) que la Solicitud de Préstamo se ha recibido correctamente y que podrá acceder a las Condiciones Generales del Préstamo en la Página Web.

A ésta primera comunicación de la entidad que gestiona la concesión de los prestamos personales le seguirá otra, en el mismo Servicio a Distancia que la anterior, por la que se le comunicará al Prestatario si se acepta o se deniega la Solicitud de Préstamo.

En caso de que la entidad que gestiona los préstamos personales online rechazase la Solicitud de Préstamo, el Prestamista no tendrá la obligación de informar al Solicitante del Préstamo acerca de los motivos de la denegación de la Solicitud de Préstamo y en ningún caso se considerará que ha existido el Préstamo.

4. Perfección del préstamo online

4.1 En el supuesto de que el Prestamista acepte la Solicitud de Préstamo, el Prestatario, para contratar el Préstamo, deberá formular la Decisión de Préstamo enviando al Prestamista, mediante el Servicio a Distancia en el que se este realizando el proceso de contratación, la respuesta “Acepto”. El plazo que tiene el Prestatario para formular la Decisión de Préstamo será de una hora desde que reciba el SMS o el correo electrónico del Prestamista confirmándole que se ha aceptado su Solicitud de Préstamo.

4.2 En el supuesto de que la comunicación mediante el Servicio a Distancia referida en el párrafo anterior no se envíe de acuerdo a las Condiciones Generales, se envíe fuera de plazo, o haya un rechazo previo por parte del Solicitante del Préstamo; se considerará que no ha habido Decisión de Préstamo y por tanto no se ha perfeccionado el Préstamo. En todo caso, el Préstamo se considerará perfeccionado en el momento en que el Prestamista reciba la Decisión de Préstamo.

4.3 El mensaje por el que el Prestatario acepta y formula la Decisión de Préstamo significa: (i) que éste ha revisado las Condiciones Generales colgadas en la Página Web de la entidad encargada de la gestión del préstamo online; (ii) que está conforme y acepta todos los términos de las Condiciones Generales; y (iii) que el Solicitante de Préstamo desea que el Préstamo sea abonado de forma inmediata en su cuenta bancaria.

5. Puesta a disposición y condiciones del préstamo

5.1 Una vez recibida la Decisión de Préstamo, la entidad que gestiona los préstamos rápidos online deberá realizar una transferencia bancaria por el importe aceptado a la cuenta bancaria que haya sido facilitada por el Prestatario en la Solicitud de Préstamo.

5.2 El Prestamista otorgará el Préstamo en los importes y condiciones que se recogen a continuación:

(a) Hasta 300 €, si el Solicitante de Préstamo lo solicita por primera vez y el scoring de la compañía lo autoriza;

(b) Hasta 500 €, si el Solicitante de Préstamo ha recibido con anterioridad un préstamo por parte del Prestamista.

El Prestamista no concederá el Préstamo al Solicitante del Préstamo si hay otra Solicitud de Préstamo en curso o no se ha satisfecho el pago de otro préstamo anterior.

5.3 El Prestamista solo concederá un préstamo por domicilio.

5.4 El Préstamo solo podrá ser concedido y amortizado en Euros.

6. Procesamiento de la solicitud de préstamo y costes de gestión.

6.1 Los costes del procesamiento y gestión de la Solicitud de Préstamo dependerán del importe del Préstamo, la duración y el número de veces que el Prestatario haya realizado la Solicitud de Préstamo, calculándose de acuerdo a la siguiente tabla:

6.2 El Prestatario no estará obligado a pagar ninguna otra cantidad que no sea el importe del Préstamo y los costes de procesamiento del mismo establecidos en la tabla anterior, a excepción de la cantidad a pagar por una eventual penalización por mora establecida en la cláusula 8 y de los costes, en su caso, del envío de SMS(s).

6.3 Los costes de procesamiento serán pagados por el Solicitante de Préstamo junto con la devolución del Préstamo al vencimiento del Préstamo.

6.4 Otros costes, aparte de los costes de procesamiento: son aquellos causados por envíos de SMS(s) y posibles costes por transferencia bancaria al devolver el préstamo. El coste del SMS para el Solicitante del Préstamo será de 35 céntimos de Euro. (Coste 0,36 € IVA incluído Operador Altiria TIC SLL. Atn. Cliente 902002898; sms@altiria.com)

7. Duración del préstamo y pago del prestatario

7.1 El Préstamo tendrá una duración de entre 5 y 30 días naturales, según lo establecido en la tabla de la Cláusula 6.1, a contar desde la recepción por parte del Prestatario de la Decisión de Préstamo. Cuando la referida fecha de pago coincida con un día considerado como inhábil a los efectos de este contrato, el pago deberá efectuarse el Día Hábil inmediatamente posterior.

7.2 El Prestatario recibirá una factura en relación con la devolución del Préstamo y los costes de procesamiento en la dirección postal indicada en la Solicitud de Préstamo o en el e-mail que haya facilitado.

7.3 La devolución del Préstamo y el pago de los costes de procesamiento se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada en la factura que se le enviará al Prestatario. Dicha transferencia deberá ser realizada a favor del Prestamista especificándose la referencia del Préstamo que ha sido reembolsado.

7.4 Si el Prestamista recibe un ingreso que no pueda identificar, tal ingreso no será considerado como efectivo hasta que se identifique, por lo que, en caso de retraso en el pago por esta causa, el Prestamista estará obligado a pagar la penalización de acuerdo con lo establecido en la Cláusula 8.

7.5 El pago se considerará realizado una vez que figure como recibido en la cuenta bancaria de la entidad que gestiona la concesión de los prestamos personales.

7.6 La falta de recepción de la factura por el Prestatario por cualquier motivo, no le exime de la obligación de pago en la fecha pactada. Si el Prestatario no ha recibido la factura dentro de los 5 días hábiles siguientes al abono del Préstamo, tendrá la obligación de informar al Prestamista de este hecho.

7.7 El Solicitante de Préstamo tiene el derecho de devolver el Préstamo antes de la fecha pactada sin costes adicionales. En este supuesto, los costes de procesamiento del Préstamo no serán objeto de reducción ni darán lugar a devolución de importe alguno al Prestatario.

7.8 En caso de impago y en prestamos con moras superiores a 30 días, el prestatario autoriza al prestamista a girar recibo bancario en la cuenta bancaria facilitada en la solicitud, sin previo aviso y cuando este lo considere oportuno. El recibo bancario podrá ser por el total o parte de la deuda, pudiéndose enviar tantos recibos como sean necesarios hasta la cancelación total de la deuda. En caso de devolución del recibo, los gastos ocasionados correrán a cargo del prestatario.

8. Penalización por impago y mora

8.1 El impago a su vencimiento de cualquier cantidad dispuesta bajo el Préstamo facultará al Prestamista para exigir al Prestatario, además del pago del importe impagado una penalización por mora del 20% del importe impagado.

8.2 En caso de mora, el Prestatario asumirá a su cargo los recordatorios de pago que le envíe la entidad que gestiona los préstamos rápidos online. El envío del primer recordatorio tiene un valor de 20 Euros para el Prestatario y cada uno de los subsiguientes recordatorios tendrá un coste de 15 Euros.

8.3 Cualquier cantidad vencida que reciba el Prestamista se imputará, en primer lugar, a los costes de cobro de la deuda; en segundo lugar, al importe del Préstamo; y, en tercer lugar, en su caso, a la penalización por impago.

8.4 El Prestamista tiene el derecho de informar al registro de morosos que considere oportuno sobre el impago de la deuda del Prestatario si han transcurrido más de 30 días desde que la deuda sea exigible.

8.5 El Solicitante de Préstamo pagará los posibles costes adicionales derivados de la gestión de cobro y cualquier otro importe derivado del impago del Préstamo, incluyendo la compensación al Prestamista por los costes incurridos por éste al contratar un servicio de cobro.

9. Derecho de desistimiento

9.1 El Prestatario dispondrá de un plazo de 14 días naturales a contar desde la fecha de Decisión de Préstamo. No podrá ejercerse el derecho de desistimiento si el Préstamo se ha ejecutado en su totalidad por ambas partes a petición expresa del Prestatario.

9.2 La intención de ejercitar el derecho de desistimiento se comunicará por escrito a la dirección que se establece en la Cláusula 13. La fecha de dicha comunicación deberá ser anterior al transcurso del plazo recogido en el párrafo anterior. La comunicación deberá estar debidamente firmada, y en ella deberá indicarse el nombre completo, el número del Documento Nacional de Identidad (adjuntándose fotocopia del mismo), la fecha de celebración del contrato y la firma.

9.3 El Prestatario deberá devolver al Prestamista cualquier cantidad que haya recibido de éste con anterioridad al ejercicio de su derecho de desistimiento, a la mayor brevedad y, en todo caso, en el plazo máximo de 30 días naturales a contar desde la notificación del desistimiento.

9.4 Si el Prestatario ejerce el derecho de desistimiento, el Solicitante de Préstamo deberá pagar los costes financieros originados durante el periodo de tiempo en el que el Prestatario tuviese disponibilidad sobre el Préstamo. En concreto, el Solicitante de Préstamo deberá pagar al Prestamista un interés de 1,3 % por cada Día Hábil desde que el Prestatario pudiese disponer del Préstamo.

10. Responsabilidad del prestatario por incumplimiento

10.1 El Prestatario tiene la obligación de compensar al Prestamista por los costes incurridos por éste por suministro de información falsa o por incumplimiento de las Condiciones Generales.

10.2 El Prestamista podrá exigir al Prestatario una penalización de 50 Euros en cada supuesto de incumplimiento o de suministro de información falsa.

11. Datos de carácter personal

El Prestatario se declara informado, consiente y autoriza expresamente al Prestamista:

I) A recabar información relativa a sus antecedentes crediticios y posiciones de riesgo de Entidades prestadoras de servicios de información sobre solvencia patrimonial y crédito (en particular, del Servicio de Crédito de Asnef-Equifax) para el análisis y, en su caso, concesión, seguimiento y control de la financiación solicitada, así como para cumplir las obligaciones legales. El Prestatario queda informado que, en caso de impago, sus datos podrán ser incluidos en el Servicio de Crédito de Asnef-Equifax, con domicilio en C/ Albasanz, 16, 28037 Madrid.

II) A incluir los datos de carácter personal obtenidos por razón del Préstamo así como cualesquiera otros generados por la relación contractual (inclusive los obtenidos por medios telefónicos o electrónicos) en un fichero inscrito en el Registro General de la APD titularidad del Prestatario y a su utilización y tratamiento para el control, gestión, mantenimiento y ejecución de su contrato. El Prestatario podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación ante la entidad que concede el minicrédito online.

III) A tratar los datos para la realización de actividades y comunicaciones comerciales, publicitarias y promocionales mediante cualquier medio, ya sea tradicional, ya sea mediante el envío de correos electrónicos y de mensajes a través de cualquier sistema incluyendo SMS, MMS etc., por parte de la entidad encargada de la gestión del préstamo online que incorporen información sobre productos y servicios comercializados por el Prestamista o comercializados por las empresas seleccionadas, señaladas en el punto IV. En todo caso, el Prestatario podrá oponerse al envío de estas comunicaciones comerciales enviando un correo electrónico al Prestamista.

IV) A ceder o comunicar los datos incluidos en dicho fichero, a empresas pertenecientes al Grupo del Prestamista, todo ello con la finalidad de que estas compañías puedan tratar tales datos para hacerle llegar información, ofertas y mensajes publicitarios por cualquier medio de los indicados anteriormente, referidos a los productos, promociones especiales – incluyendo programas de fidelización de clientes – y servicios que cada una de estas compañías ofrecen en el sector en el que operan: (i) servicios financieros; (ii) servicios generales de créditos; (iii) encuestas de mejoramiento del servicio. En todo caso, el Prestatario podrá oponerse a esta cesión y al envío de estas comunicaciones comerciales enviando un correo electrónico al Prestamista.

12. Otras disposiciones

12.1 El Prestatario tiene el deber de informar al Prestamista de cualquier cambio en la información suministrada en la Solicitud de Préstamo.

12.2 El Prestamista tiene el derecho de ceder en su totalidad o en parte su posición contractual a un tercero que asuma los derechos del mismo. El Prestatario no podrá ceder su posición contractual.

12.3 Las Condiciones Generales solo pueden ser modificadas por escrito entre las Partes.

12.4 El Prestatario se declara informado, consiente y autoriza expresamente al Prestamista a realizar comprobaciones con terceros para validar la veracidad de la información facilitada en la solicitud.

13. Notificaciones

13.1 Las notificaciones entre las Partes que deban realizarse como consecuencia del presente contrato se realizarán por escrito y serán válidas si se efectúan por correo certificado con acuse de recibo, por fax o e-mail en los domicilios mencionados a continuación para cada una de las Partes:

- Prestatario: la indicada en la Solicitud de Préstamo

- Prestamista: Cualquiera de las entidades colaboradoras de la emrpesa Leadsor a la hora de conceder minicréditos por internet

13.2 La primera notificación del Prestamista al Prestatario de incumplimiento de las obligaciones del Préstamo podrá será enviada por, fax o e-mail; las siguientes notificaciones serán enviados por correo certificado con acuse de recibo.

14. Ley aplicable y jurisdicción

El Préstamo se interpretará y regirá de conformidad con la ley española. Serán competentes para resolver cualquier reclamación o controversia que pudiera plantearse en relación con la validez, interpretación o cumplimiento del Préstamo, los Juzgados y Tribunales del domicilio del Prestatario.

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Ejemplo representativo 200 euros a 30 días. Intereses y honorarios: 30 €. Total a devolver 230 €; TAE: 1.876%.